Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Deducción en renta de pago a proveedores por crédito rotativo bancario


Actualizado: 19 diciembre, 2017 (hace 6 años)

¿Tiene riesgo de deducibilidad en renta un pago de factura a proveedores que se realice por medio de la figura de crédito rotativo bancario teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 771-5 del Estatuto Tributario y las modificaciones de la Ley 1819 de 2016? 

Resueltas 16  de noviembre de 2017

Diego Guevara, contador público, experto en temas contables y tributarios, e investigador adjunto del equipo de Actualícese, indica que el artículo 771-5 del Estatuto Tributario fue creado por la Ley 1430 de 2010, disposición que ha sido modificada por diferentes normatividades, y que su más reciente modificación (que fue realizada por el artículo 307 de la Ley 1819 de 2016) se refiere puntualmente a los “Medios de pago para efectos de la aceptación de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables.

Es de anotar que la citada disposición comienza a aplicar del 01 de enero del año gravable 2018.

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