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Deducción por contratar trabajadores en situación de discapacidad no aplica en el CREE


Actualizado: 26 abril, 2016 (hace 8 años)

La ley colombiana establece diversas deducciones en el impuesto de renta para aquellos empleadores que contraten personas en condiciones especiales; una de estas se encuentra señalada en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997. En dicha ley se establece que los empleadores que ocupen trabajadores con limitación o en situación de discapacidad no inferior al 25% comprobada, tienen derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o período gravable a los trabajadores con limitación, mientras subsista la relación contractual laboral.

Con respecto a esta deducción en el impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, si bien este también grava la renta de los contribuyentes, las deducciones y descuentos que le son aplicables son únicamente los señalados en el artículo 22 de la Ley 1607 del 2012, el cual menciona la base gravable de este impuesto. Al observar dicho artículo se lee que las deducciones que se pueden restar de los ingresos netos, son las establecidas en los artículos 107 a 117, 120 a 124126-1127-1145146148149159171174 y 176 del ET, siempre y cuando cumplan con los requisitos de los artículos 107 y 108 del ET, y la depreciación y amortización de inversiones señaladas en los artículos 127, 128 a 131-1 y 134 a 144 del ET.

Como se puede observar, dentro de las deducciones permitidas en el impuesto CREE, no se contempla la correspondiente a la deducción por la contratación de trabajadores en situación de discapacidad y limitación, señalada en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997; en consecuencia, por no encontrarse expresamente señalada en el artículo 22 de la Ley 1607 del 2012, no es posible tomarla al realizar la depuración de la base gravable del CREE.

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