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Definición de contrato de trabajo

De acuerdo a lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, el trabajo es toda actividad realizada de forma libre, en donde una persona en uso de sus facultades físicas y mentales presta un servicio material o intelectual a otra, ya sea de manera permanente o transitoria. Dicha relación estará regida por un contrato de trabajo.

Fecha de publicación: 29 de mayo de 2014
Definición de contrato de trabajo
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

De acuerdo a lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, el trabajo es toda actividad realizada de forma libre, en donde una persona en uso de sus facultades físicas y mentales presta un servicio material o intelectual a otra, ya sea de manera permanente o transitoria. Dicha relación estará regida por un contrato de trabajo.

De acuerdo con lo anterior, el C.S.T. en sus artículos 22 y 23 también establece qué es un contrato de trabajo y cuáles son sus características. De acuerdo a su definición, el contrato de trabajo es un acuerdo entre dos partes, en donde una de ellas denominada trabajador, se obliga a prestar un servicio a otra persona -natural o jurídica- denominada empleador; la remuneración estará a cargo del empleador. Es importante aclarar, que la prestación del servicio por parte del trabajador, sea permanente o transitoria, se deberá ejecutar siempre bajo la subordinación o bajo las órdenes del empleador.

El C.S.T. señala que el contrato de trabajo deberá tener los siguientes tres componentes:

  1. Trabajador, que es quien presta personalmente el servicio.
  2. Empleador, que es quien recibe el servicio y paga por él.
  3. Remuneración, que es el pago a que tiene derecho el trabajo por la prestación de su servicio personal.

Para que esta relación sea catalogada como contrato de trabajo, se deben presentar los siguientes elementos:

  1. La prestación del servicio por parte del trabajador, de manera personal.
  2. La continua subordinación del trabajador respecto del empleador, en donde este último está facultado para imponerle reglamentos e impartirle órdenes de manera continua al trabajador, siendo parte de dicha subordinación el cumplimiento de un horario, la designación de la cantidad de trabajo a realizar por el empleado, así como la forma de realizarlo. Es de aclarar, que la imposición de reglamentos y condiciones por parte del empleador no deberá atentar bajo ninguna circunstancia contra la dignidad y el honor del trabajador, así como también deberán estar establecidos de manera tal que tampoco atenten contra los derechos mínimos de los trabajadores establecidos por la legislación laboral colombiana.  
  3. La remuneración, que corresponde al pago del salario a que tiene derecho el trabajador por la prestación de un servicio personal al empleador, quien estará obligado al pago de dicha remuneración.

También puede consultar:

Normatividad Utilizada:

Artículos 22 y 23 del Código Sustantivo del Trabajo