Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Depreciación de activos en venta


Actualizado: 13 enero, 2016 (hace 8 años)

Vender activos es una decisión común para el aumento de liquidez; el tratamiento que se le da a estos activos durante el proceso de venta dependerá del grupo al cual pertenezca la compañía que prepara la información financiera.

Entre las decisiones económicas que suelen tomar las empresas para aumentar su liquidez, se encuentra la venta de maquinaria, terrenos, edificios, plantas de producción, entre otros activos de importante valor. En el estándar pleno, cuando un activo está en proceso de venderse se debe revisar la NIIF 5, que se llama activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas.

En este sentido, si una empresa del Grupo 1 decide vender por ejemplo una planta de producción que se había estado amortizando y esta efectivamente cumple con los criterios y definición de activo no corriente mantenido para la venta, entonces cambian algunos aspectos referentes a su reconocimiento; uno de estos es que se detiene la depreciación y efectúa una medición al valor neto realizable.

Ahora bien, si se trata de una pyme que aplica el marco normativo correspondiente al Grupo 2, no puede acudir a la categoría de activo no corriente mantenido para la venta, por lo cual aplicará lo establecido en el párrafo 17.20 que dice que la depreciación no cesará sino hasta que el bien se dé de baja.

En este segundo caso debe tenerse en cuenta que si la planta está operando y genera beneficios, la pyme deberá seguirla depreciando; si por el contrario la planta está improductiva y ociosa –ya sea porque no tiene materia prima o recursos para contratar operarios–, se sigue depreciando, pero adicionalmente se le debe evaluar el deterioro del valor, pues si no está operando no va a generar beneficios futuros.

Adicionalmente debe recordarse que debido a que la depreciación no se detiene y luego el activo será vendido, es posible que genere una ganancia en esa venta.

En síntesis, no se detendrá la amortización de un activo por el simple hecho de que se encuentre en proceso de venta; si se trata de una entidad del Grupo 1, el activo se podrá clasificar como no corriente mantenido para la venta, pero si es una pyme, se tendrá que seguir depreciando hasta que llegue realmente el momento de venderlo.

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