Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Derechos laborales adquiridos cuando se demuestra que existe un contrato realidad


Actualizado: 16 abril, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si se demuestra que, aunque se firmó un contrato de prestación de servicios, este cumplía con los requisitos para tratarse como un contrato de trabajo, ¿surge para el empleador, además de pagar los aportes a seguridad y las prestaciones sociales, realizar los aportes a parafiscales? Si el empleador realiza el pago a la caja de compensación familiar, ¿puede el trabajador reclamar, de manera retroactiva, el pago del subsidio por sus tres hijos? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, menciona que, aunque una persona haya sido contratada inicialmente a través de contratos de prestación de servicios, si se demuestra que existe un contrato en realidad, el empleador deberá asumir las acreencias laborales que haya dejado de cancelar.

En cuanto al subsidio al familiar monetario, se debe tener presente que los trabajadores que tienen derecho a este son aquellos que reciben 4 cuatro salarios mínimos o que, sumados los ingresos de los cónyuges, no superen los 6 salarios mínimos.

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