Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Despido con justa causa por bajo rendimiento


Actualizado: 15 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Puede una empresa despedir con justa causa a unos empleados que desde el inicio de sus contratos han presentado muy bajo rendimiento?

La Dra. Natalia Jaimes menciona que dentro de las causas para dar por terminado el contrato de trabajo se encuentra el bajo rendimiento por parte de los empleados. Ahora bien, pensando en la situación mencionada es importante anotar que para dar por terminado el contrato de trabajo deben tenerse en cuenta las regulaciones determinadas por el Decreto 1072 de 2015; en este se establece lo siguiente:

“Artículo 2.2.1.1.3. Procedimiento terminación unilateral por rendimiento deficiente. Para dar aplicación al numeral 9) del artículo 7o. del Decreto 2351 de 1965, el empleador deberá ceñirse al siguiente procedimiento: 1. Requerirá al trabajador dos (2) veces, cuando menos, por escrito, mediando entre uno y otro requerimiento un lapso no inferior a ocho (8) días. 2. Si hechos los anteriores requerimientos el empleador considera que aún subsiste el deficiente rendimiento laboral del trabajador, presentará a éste un cuadro comparativo de rendimiento promedio en actividades análogas, a efecto de que el trabajador pueda presentar sus descargos por escrito dentro de los ocho (8) días siguientes; y 3. Si el empleador no quedare conforme con las justificaciones del trabajador, así se lo hará saber por escrito dentro de los ocho (8) días siguientes. (Decreto 1373 de 1966, art. 2)”.

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