Las situaciones que determinan cuándo un despido es injusto o ilegal dependen de la condición laboral del trabajador dentro de la empresa o lugar de trabajo, dado que se puede estar ante una situación sin razones fundadas para terminar la relación laboral o de estabilidad laboral reforzada.
Las situaciones que determinan cuándo un despido es injusto o ilegal dependen de la condición laboral del trabajador dentro de la empresa o lugar de trabajo, dado que se puede estar ante una situación sin razones fundadas para terminar la relación laboral o de estabilidad laboral reforzada.
Las relaciones de trabajo que surgen del vínculo creado entre un empleador y trabajador, quienes contraen una serie de derechos y obligaciones sobre los cuales las partes no se pueden negar; hacerlo puede conllevar al reconocimiento de sanciones en contra del trabajador, o de indemnizaciones en contra del empleador.
Una vez pactado el contrato, se busca que la relación se mantenga por lo menos durante el plazo fijo concertado inicialmente; en caso de no fijarse un término, se espera que se mantenga la relación mientras que las causas que le dieron origen al contrato lo hagan mantener, tal como lo establecen los artículos 46 y 47 del Código Sustantivo del Trabajo.
Sin embargo, dentro de la vigencia de esa relación laboral ocurre, en muchos casos, que el trabajador cree haberse sometido a una estabilidad laboral absoluta y no contempla las razones suficientes para que este vínculo pueda romperse de manera unilateral por parte del empleador.
Contrario a lo que puede considerar cualquier trabajador, las posibilidades de que el vínculo se rompa van más allá del cumplimiento del término de un contrato, sin importar estrictamente que la labor sea bien o mal hecha. Si como consecuencia de su actuar comete alguna falta durante la relación laboral, esto bastará para que el empleador decida ponerle fin a dicha relación.
Es por esto que el artículo 61 del código en mención establece aquellas causales generales que pueden finalizar la relación. No obstante, si durante el contrato se da, por ejemplo, alguna falta cometida por parte del trabajador, de acuerdo con las causales que señala el artículo 62 de la citada ley, el empleador procederá a dar por terminado el contrato bajo una condición legal que le faculta la norma para deshacer la unión.
Ahora bien, [pq]así como existe la libertad de contratar, existe también la libertad de finalizar el vínculo laboral. En consecuencia, ninguna relación de trabajo, por buena que sea, se sujeta al absolutismo[/pq]. Por ello, el empleador, si lo desea, también dará fin a dicha relación en cualquier momento, sin importar las circunstancias de modo o lugar, y así se tendrá que someter el trabajador a dicha decisión.
La excepción a esta regla se presenta si al verificar que las causas que dieron origen a la terminación se evidencia que estas se distancian de las causales legales de los mencionados artículos 61 y 62 (por ejemplo, bajo una condición de estabilidad laboral reforzada), y es por ello por lo que el empleador tiene prohibido despedir o terminar una relación laboral en los siguientes casos:
Los fueros que corresponden a los anteriores casos son los siguientes:
El despido injusto y el despido ilegal son figuras que se diferencian en gran medida y que traen consigo diferentes consecuencias, a saber:
Es importante que para llevar a cabo un despido se analice la forma en la que este procede sobre la necesidad de darlo por terminado, teniendo en cuenta que, en cualquier caso, si ocurre bajo un fuero del que goce el trabajador será ineficaz, trayendo como consecuencia el reintegro y el pago de indemnizaciones.
Ab. Natalia Jaimes Lúquez
Especialista en derecho laboral y seguridad social
* Exclusivo para Actualícese