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Despido sin justa causa: principales aspectos que debes considerar

Todo trabajador debe tener en cuenta que la terminación de un contrato de trabajo sin justa causa trae consigo la obligación para el empleador de pagar una indemnización.

Conozca los principales aspectos a continuación.

Fecha de publicación: 22 de noviembre de 2019
Despido sin justa causa: principales aspectos que debes considerar
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Todo trabajador debe tener en cuenta que la terminación de un contrato de trabajo sin justa causa trae consigo la obligación para el empleador de pagar una indemnización.

Conozca los principales aspectos a continuación.

Cuando un trabajador desconoce el motivo de la terminación del contrato laboral o se vulnera el derecho al debido proceso, entonces se encuentra frente a un despido sin justa causa.

En consecuencia, de acuerdo con la legislación laboral en Colombia, la terminación de un contrato de trabajo sin justa causa trae consigo la obligación para el empleador de pagar una indemnización a favor del trabajador por los perjuicios causados.

¿Cómo se debe liquidar?

En primer lugar, se debe tener en cuenta que el valor de la indemnización dependerá del tipo de contrato que se haya suscrito entre las partes, a saber:

  1. Contratos a término fijo: será igual a los salarios que correspondan por el tiempo que falte para cumplir el plazo estipulado en el contrato.
  2. Contratos a término indefinido: para trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales legales:
  • 30 días de salario cuando tuviese un tiempo de servicio no mayor a un (1) año.
  • Si el trabajador lleva más de un año de servicio continuo, después del primer año se le pagarán 20 días de salario por cada año trabajado, y proporcionalmente por fracción.

Para trabajadores que devenguen 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes o más:

  • 20 días de salario cuando haya laborado un (1) año o menos.
  • Si el trabajador lleva más de un año de servicio continuo, luego del primer año, se le pagarán 15 días de salario por cada año trabajado, y proporcional por fracción.

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