Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Para efectos tributarios se puede considerar residente un extranjero que vivió más de 180 días discontinuos en Colombia y utilizó para unos viajes visa americana y para otros cédula española?
Resueltas 15 de febrero de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Para efectos tributarios se puede considerar residente un extranjero que vivió más de 180 días discontinuos en Colombia y utilizó para unos viajes visa americana y para otros cédula española?
Resueltas 15 de febrero de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que a la hora de presentar la declaración de renta de una persona natural es necesario conocer si esta es o no es residente para efectos fiscales. Ahora bien, en el artículo 10 del Estatuto Tributario se establecen las condiciones que se deben cumplir para ser catalogado como residente fiscal en Colombia. Por su parte, en el artículo 9 del mencionado estatuto se establece que si una persona natural califica como residente, deberá reportar en la declaración de renta los ingresos y patrimonio obtenidos dentro y fuera del país.
Por último, se informa que mediante el Decreto 2250 de diciembre de 2017 se reglamentaron los aspectos tributarios relacionados con la declaración de renta de las personas naturales y las sucesiones ilíquidas.