¿Las personas naturales no obligadas a declarar, a las que se les practica retención en la fuente en la venta de un bien inmueble aun cuando en dicho caso la ganancia ocasional es de $0, pueden solicitar devolución automática de saldos a favor?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Las personas naturales no obligadas a declarar, a las que se les practica retención en la fuente en la venta de un bien inmueble aun cuando en dicho caso la ganancia ocasional es de $0, pueden solicitar devolución automática de saldos a favor?
Pregunta resuelta 14 octubre de 2021
A continuación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, señala cuál es el tratamiento tributario para la devolución automática de retenciones a favor por venta de inmueble, según lo establecido en los artículos 850 al 865 del Estatuto Tributario.
Complementa esta respuesta visitando nuestra guía Devolución de saldos a favor: radicación de solicitud mediante firma electrónica.