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Dian aclara que indemnizaciones por lucro cesante están gravadas con renta


Actualizado: 16 abril, 2018 (hace 6 años)

Mediante el Concepto 3209 del 9 de febrero de 2018, la Dian aclara que los ingresos por concepto de indemnizaciones están gravados con el impuesto sobre la renta, excepto lo que corresponde a indemnizaciones por daño emergente.

Los ingresos por concepto de indemnizaciones están gravados con el impuesto sobre la renta, excepto lo que corresponde a indemnizaciones por daño emergente. Por lo tanto, la parte de indemnizaciones que corresponda a lucro cesante y otras categorías de perjuicios indemnizables están gravadas con renta, pues no han sido excluidas expresamente.

De esta forma, la Dian revocó algunos apartes del Concepto 49245 de 1994, a través de los cuales se extendió el beneficio por interpretación analógica. También, revocó en su totalidad el Concepto 23372 de 1987 y el Oficio 28062 de 1884 y los párrafos correspondientes de los oficios 3481 de 1999, 12420 del 2010, 52670 del 2012 y 52250 del 2013.

Fuente: Dian.

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