A través de una circular, la Dian imparte una serie de instrucciones relacionadas con siete puntos, para los contribuyentes que soliciten la devolución de los saldos a favor en el impuesto de renta e IVA.
A través de una circular, la Dian imparte una serie de instrucciones relacionadas con siete puntos, para los contribuyentes que soliciten la devolución de los saldos a favor en el impuesto de renta e IVA.
Como complemento del Decreto 535 de abril 10 de 2020, con el cual se agiliza el procedimiento para la devolución de los saldos a favor en el impuesto de renta e IVA, la Dian emitió la Circular Externa 000005 del 16 de abril de 2020, en la que profundiza los pasos para hacerlo y otras cuestiones.
El decreto establece que a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y aquellos responsables del IVA que no sean calificados como de alto de riesgo se les autorizará la devolución o compensación de saldos a favor mediante un procedimiento abreviado, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud en debida forma.
La circular imparte instrucciones alrededor de los siguientes puntos: