Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dian publicó calendario para presentar información exógena cambiaria


Actualizado: 12 febrero, 2021 (hace 3 años)

Plazos establecidos para presentación de la información exógena cambiaria están establecidos en el Calendario Cambiario 2021 de la Dian.

Con el propósito de dar cumplimiento a la obligación de reportar la información exógena cambiaria, la Dian publicó el Calendario Cambiario 2021, según los plazos establecidos en el artículo 4 de las resoluciones 9147, 9148 y 9149 de 2006.

La información está dirigida a personas naturales y jurídicas que actúen como intermediarios del mercado cambiario, titulares de cuentas de compensación, concesionarios de servicios de correos (que presten servicios financieros de correo), profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero.

La información debe ser presentada trimestralmente, según el último dígito del NIT o cédula de ciudadanía, a través del prevalidador cambiario ubicado en el portal institucional de la Dian, servicio informático que facilita el diligenciamiento de los archivos cumpliendo las especificaciones técnicas dispuestas para los formatos establecidos.

Luis Carlos Quevedo Cerpa, director de Fiscalización de la Dian invitó a las personas naturales y jurídicas que interactúan en el mercado cambiario colombiano, “a consultar y tener muy presentes las fechas de cierre trimestral, con el fin de cumplir oportunamente con su responsabilidad ante la entidad y ante el país, permitiendo de esta forma que la nación obtenga los recursos propios y necesarios para fortalecer el desarrollo económico y social”.

Fuente: Dian.

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