Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dian reglamenta nuevas garantías en materia aduanera


Actualizado: 13 julio, 2021 (hace 3 años)

Por primera vez la entidad acepta la fianza para respaldar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras. Así lo indica la Resolución 055 del 9 de julio de 2021.

Con el propósito de facilitar y dinamizar las operaciones de comercio exterior, la Dian emitió la Resolución 055 del 9 de julio de 2021, la cual reglamenta el Decreto 572 del 26 de mayo de 2021, a través del cual se amplían los tipos de garantías aduaneras.

La resolución establece la fianza y el certificado de depósito a término, además de las opciones contempladas en el Decreto 572 de 2021 como compañía de seguros, de entidad bancaria, hipotecaria, fiducia mercantil en garantía y prenda sin tenencia.

El usuario aduanero que opte por la fianza, deberá constituirla con una compañía afianzadora y ser irrevocable, no podrán existir cofiadores y se ceñirá a las normas que regulen esta materia y las especiales contempladas en la regulación aduanera.

Igualmente, la resolución precisa los procedimientos, trámites, requisitos y términos establecidos para las garantías globales y específicas en materia aduanera, para amparar las obligaciones y responsabilidades en las operaciones y trámites aduaneros y aplica para todos los usuarios aduanero.

Es importante tener en cuenta que los nuevos tipos de garantía solo podrán constituirse y presentarse ante la Dian, únicamente a partir del día calendario siguiente a la publicación de la Resolución 055 en el Diario Oficial.

Fuente: Dian.

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