Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

DIAN solo puede pedir declaraciones de IVA que no tengan más de cinco años de antigüedad


DIAN solo puede pedir declaraciones de IVA que no tengan más de cinco años de antigüedad
Actualizado: 26 diciembre, 2014 (hace 9 años)

Ya no es obligación presentar declaraciones de IVA en cero. Si una persona natural luego de diciembre de 2010 no ha vendido ni comprado nada, entonces no está obligada a presentar declaración del IVA.

Brevemente respondamos la siguiente pregunta: Si una persona natural del régimen común que ha dejado de desarrollar su actividad económica desde el 2007 y no presentó declaración de IVA desde noviembre de 2008, y renta desde 2008, ¿está obligada a pagar todas las sanciones? ¿En qué año vencería su obligación si pasa la novedad al año 2014?

Recordemos que la Ley 1430 de diciembre de 2010 modificó los artículos 602 a 606 del E.T., en los que se indica que ya no es obligación presentar declaraciones de IVA en cero.

En este caso, si la persona natural desde diciembre de 2010 no ha vendido ni comprado nada, es decir que la declaración del IVA no tenía IVA descontable ni generado, ni le hicieron retenciones de IVA entonces no estaba obligado a presentar las del IVA (del 2010 en adelante).

Ahora, en cuanto a las declaraciones de los años 2007 al 2010, la DIAN solo puede pedir aquellas que no tengan más de cinco años de antigüedad. Es decir que algunas del año 2009 ya no se pueden pedir porque ya pasaron, porque estamos en el 2014, pero las del 2010 sí se las pueden pedir.

En el caso del impuesto de renta, con el solo hecho de estar en el régimen común del IVA, cualquier persona que pertenece a este régimen sí tenía obligación de presentar las declaraciones de renta. La DIAN pedirá las de los últimos 5 años, hasta el año 2015 tiene plazo para pedirlas.

Ojo que las declaraciones de renta se deben presentar así el impuesto a pagar sea cero. En este caso es mejor declarar a tiempo, ya que cuando una declaración es extemporánea y no tiene impuesto a cargo, la sanción se va sobre los ingresos brutos y si no hay estos, sobre el patrimonio líquido.

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