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Diferencia en cambio no se seguirá causando sobre saldos de activos y pasivos a diciembre 31

De los artículos 269, 285 y 288 del ET se entiende que los contribuyentes solo seguirán reconociendo ingresos o gastos por diferencia en cambio cuando vendan sus activos o paguen sus pasivos expresados en moneda extranjera. No tendrán que efectuar ajustes por diferencias en cambio a diciembre 31.

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Fecha de publicación: 3 de octubre de 2017
Diferencia en cambio no se seguirá causando sobre saldos de activos y pasivos a diciembre 31
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

De los artículos 269, 285 y 288 del ET se entiende que los contribuyentes solo seguirán reconociendo ingresos o gastos por diferencia en cambio cuando vendan sus activos o paguen sus pasivos expresados en moneda extranjera. No tendrán que efectuar ajustes por diferencias en cambio a diciembre 31.

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