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Diferencias básicas en presentación de Estados Financieros bajo el Estándar Pleno y el de Pymes

Al comparar los requerimientos de la NIC 1 y de la sección 3 del Estándar para Pymes, se pueden establecer al menos 4 diferencias básicas relacionadas con la preparación de los Estados Financieros bajo ambos estándares.

Fecha de publicación: 21 de diciembre de 2016
Diferencias básicas en presentación de Estados Financieros bajo el Estándar Pleno y el de Pymes
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Al comparar los requerimientos de la NIC 1 y de la sección 3 del Estándar para Pymes, se pueden establecer al menos 4 diferencias básicas relacionadas con la preparación de los Estados Financieros bajo ambos estándares.

Para los obligados a aplicar el marco normativo del grupo 1 (Estándares Plenos; anexo 1 y 1.1. del Decreto 2420 de diciembre de 2015), la NIC 1 contiene los requerimientos básicos que deben tenerse en cuenta para la presentación de estados financieros. Por su parte, en el caso de los obligados a aplicar el marco normativo del grupo 2 (Estándar Internacional para Pymes; anexo 2 del Decreto 2420 de 2015), la sección 3 contiene los requerimientos para dicha tarea.

Ahora bien, de conformidad con lo indicado en la página 27 del Material de Formación del IASB para la Sección 3 del Estándar para Pymes, es posible establecer al menos 4 diferencias básicas entre los requerimientos realizados para cada estándar respecto a la presentación de sus Estados Financieros. Estas son:

1. De acuerdo con el Estándar para Pymes, si los únicos cambios producidos en el patrimonio durante el periodo provienen de los movimientos en las partidas de ganancias o pérdidas, del pago de dividendos, o de correcciones de errores de periodos anteriores y cambios de políticas contables, entonces puede presentarse solo un “estado de resultados y ganancias acumuladas” en lugar de tener que presentar el “estado del resultado integral” y, aparte, el “estado de cambios en el patrimonio”. Sin embargo, esta unificación de los Estados Financieros no sería permitida para quienes aplican el Estándar Pleno.

“en la presentación del Estado de Situación Financiera de los dos primeros periodos comparativos es necesario incluir la información del ESFA elaborado al principio del primer periodo comparativo”

2. De acuerdo con el Estándar Pleno, en la presentación del Estado de Situación Financiera de los dos primeros periodos comparativos es necesario incluir la información del ESFA elaborado al principio del primer periodo comparativo (ver el párrafo 10(f) de la NIC 1). Sin embargo, en el caso del Estándar para Pymes, no se exige que deba incluirse dicho ESFA.

3. Quienes apliquen el Estándar Pleno deberán preparar la información por segmentos de acuerdo con la NIIF 8 (“Segmentos de operación”). En cambio, en el  Estándar para Pymes no se requiere la realización de este proceso.

4. Quienes apliquen el Estándar Pleno deben presentar información sobre cuál es la “ganancia por acción” del periodo de acuerdo con la NIC 33. Por otro lado, quienes apliquen el Estándar para Pymes no están obligados a presentar dicha información.

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