Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Diferencias entre denuncias y demandas en materia de protección al consumidor


Diferencias entre denuncias y demandas en materia de protección al consumidor
Actualizado: 15 enero, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Sabe usted como consumidor si debe demandar o denunciar?
  • ¿Se pueden realizar las dos acciones?
  • ¿Sobre cuáles situaciones de protección al consumidor se puede demandar o denunciar?
  • ¿Cuál es el procedimiento que sigue una denuncia o demanda?

Si usted como consumidor quiere reparación de daño debe demandar, pero si lo que busca es proteger el interés general, entonces denuncie. Pautas que se deben tener presentes.

Hay situaciones en las que un consumidor llega a un establecimiento comercial y le ofrecen una cosa, pero le salen con otra; o compra un producto con ciertas características, pero al destaparlo se lleva una sorpresa. Frente a lo anterior, se puede denunciar, demandar y… hasta las dos.

¿Sabe usted como consumidor si debe demandar o denunciar?

Si quiere reparación de daño entonces demande. Quien presenta la demanda busca la reparación o cambio del bien o la devolución del dinero pagado a través de la efectividad de la garantía.

La acción judicial de protección al consumidor también puede interponerse para solicitar la indemnización de perjuicios ocasionados por la difusión de publicidad o información engañosa o los derivados de la prestación de servicios que suponen la entrega de un bien. Esta acción se dirige contra el proveedor, comercializador y/o fabricante.

Ahora, si quiere proteger el interés general entonces denuncie. El objetivo de la actuación es proteger el interés general y el derecho colectivo de los consumidores.

A través de la denuncia –queja– el consumidor pretende que la Superintendencia inicie una investigación administrativa que podría conllevar a la imposición de una sanción administrativa (multa) al proveedor, comercializador y/o fabricante.

En este procedimiento quien presenta la denuncia no obtiene ningún tipo de reconocimiento de carácter particular y directo ni obtiene la solución del caso individual.

¿Se pueden realizar las dos acciones?

“El consumidor puede denunciar y reclamar sobre la misma situación en donde considere que se dio la violación de las normas de protección al consumidor.”

Sí. El consumidor puede denunciar y reclamar sobre la misma situación en donde considere que se dio la violación de las normas de protección al consumidor.

¿Sobre cuáles situaciones de protección al consumidor se puede demandar o denunciar?

Telecomunicaciones: contratos con los operadores; facturación, suspensión y cobros; telefonía fija y móvil; internet y mensajes de texto.
Operadores y fuentes que tengan información de personas.

Información personal, Habeas Data: corrección, actualización o retiro de datos.

Calidad, precio, financiación e información engañosa: productos de baja calidad; incumplimiento de garantías; financiación de compras.

¿Cuál es el procedimiento que sigue una denuncia o demanda?

Paso 1. Radicar la denuncia o demanda anexando los documentos que la respaldan. Si desea efectuarla vía internet debe seguir los pasos indicados en la página web de la entidad o dirigirse a la oficina de la entidad (carrera 13 No. 27-00, piso 3, Bogotá D.C.).

Paso 2. Consultar periódicamente el estado de la solicitud indicando el número de radicación asignado al momento de la presentación.

Paso 3. Presentar respuesta de manera oportuna en caso que se considere necesaria información adicional. Diríjase a la oficina de la entidad (carrera 13 No. 27-00, piso 3, Bogotá D.C.).

Paso 4. Notificarse de la decisión final. Diríjase a la oficina de la entidad (carrera 13 No. 27–00, piso 3, Bogotá D.C.).

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