Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Diferencias entre ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional y rentas exentas


Ficha técnica:

  • Categoría: Impuestos
  • Fecha de publicación: Julio 6 de 2018
  • Fecha de grabación: Junio 8 de 2018
  • Duración: 1 hora 7 minutos
Actualizado: 6 julio, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Objetivos
  • Temario
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Las rentas exentas favorecen de manera exclusiva al titular del beneficio; no son transferibles a socios, partícipes o comuneros. Por su parte, los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional o ingresos no gravados pueden clasificarse en diez categorías en las que las acciones y aportes hacen parte de ellas.

A pesar de que son susceptibles de producir incremento en el patrimonio, los artículos 36-1 al 57-2 del ET consideran ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional la utilidad por enajenación de acciones, el componente inflacionario de rendimientos financieros y las recompensas pagadas por organismos estatales, indemnizaciones de seguro de daño, apoyos económicos, gananciales, participaciones y dividendos, aportes obligatorios al sistema general de salud y pensión.  

Son rentas exentas los ingresos que cumplen con los requisitos para ser ingreso fiscal, pero que por disposición legal se gravan con tarifa cero, como son las indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad, indemnizaciones que impliquen protección a la maternidad, gastos de entierro de trabajo y cesantías e intereses a las cesantías, cuando el ingreso mensual promedio en los 6 meses anteriores fue igual o inferior a 350 UVT.  

Objetivos   

  1. Identificar la diferencia entre los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional y las rentas exentas. 
  2. Mencionar los ingresos que no se consideran renta y los que constituyen renta exenta. 
  3. Señalar a través de ejemplos, la determinación de la utilidad máxima susceptibles de ser distribuida como no constitutiva de renta ni ganancia ocasional. 

Temario 

  • Generalidades de los ingresos no constitutivos de rentas ni ganancias ocasionales 
  • Rentas de personas naturales residentes 
  • Aportes obligatorios a salud, a partir del 01 de enero de 2017 
  • Cotización voluntaria a fondos obligatorios 
  • INCRNGO apoyos económicos  
  • Utilidad en la enajenación de acciones  
  • Indemnizaciones  
  • Dividendos y participaciones  
  • Determinación de la utilidad máxima susceptible de ser distribuida como no constitutiva de renta ni ganancia ocasional 
  • Ejercicio de dividendos no gravados  
  • Rentas de trabajo exentas 
  • Valor de bienes recibidos en sucesión, donación o acto gratuito inter vivos  
  • Utilidad en venta de casa o apartamento exenta  
  • Determinación renta presuntiva   

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Doris Gutiérrez Parra
Contadora Pública - Universidad Santiago de Cali, con especialización en Gerencia Tributaria – Universidad Icesi, con sólidos conocimientos en Impuestos de orden Nacional, Departamental y Municipal, manejo de personal, Atención al cliente interno y externo. Con más de 10 años de experiencia en la docencia universitaria: U. Icesi, U Libre, U. San Buenaventura y U. Santiago de Cali
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