Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Diferencias entre las NIC-NIIF y las normas contables tributarias en Colombia (IV) – Luis Raúl Uribe


Continuando con este análisis, hay un concepto o criterio fundamental:

Los estándares de contabilidad deben ser preparados dentro de un Marco coherente aceptable de principios fundamentales, este se denomina MARCO CONCEPTUAL, que entre otras, debe ser lo primero a profundizar y conocer antes de estudiar norma por norma, en un proceso de capacitación sobre NIC-NIIFs.

En nuestro caso, se presentan algunos temas que establecen diferencias, como los siguientes:

*El Marco Conceptual en la Norma  Contable Colombiana, fue establecido en el Titulo primero del Decreto 2649 de 1993 e incluye la definición de los principios de contabilidad generalmente aceptados y ámbito de aplicación, los objetos y cualidades de la información contable, las normas básicas y las clases y elementos de los estados financieros. Por ser una norma de tipo legal, tiene el carácter de obligatorio.

En las NIC-NIIFS (El Marco Conceptual, emitido por el IASC-IASB en 1989), se enfatiza en la necesidad de información que satisface a los diferentes usuarios, establece los objetivos de los estados financieros, las hipótesis sobre las que se fundamenta, las características cualitativas, los elementos de los estados financieros, el reconocimiento y medición y los conceptos de capital.

El marco conceptual tiene un carácter orientador, no se le considera un estándar.

*En la Norma Colombiana, establece unas cualidades de la información que son: comprensibilidad, utilidad, pertinencia, confiabilidad y comparabilidad. La esencia sobre forma es considerada una norma básica.

En las NIC-NIIFs se establece unas características cualitativas que son: comprensibilidad, relevancia (incluye el concepto de importancia relativa), confiabilidad (que incluye representación fiel, esencia sobre forma, neutralidad, prudencia e integridad) y la comparabilidad.

* En la Norma Colombiana, aplica para las personas que de acuerdo con la ley están obligadas a llevar contabilidad.

En la NIC-NIIFs, aplica para todo tipo de empresas o entes que presenten información. Cada país decide si las adopta.

* Las normas colombianas incluyen los estados financieros de periodos intermedios como un estado de propósito especial, los cuales si bien es cierto no han sido regulados por las normas contables, si lo han sido a través de normas expedidas por las Superintendencias.

En las NIC-NIIFs, existe un estándar específico (NIC 34) para el tratamiento de la información de periodos intermedios.

* Si Dios lo permite, seguiremos en próximas  entregas.

Cordialmente,

LUIS RAÚL URIBE MEDINA
Docente NIC-NIIFs U. San B/tura-Cali
Consultor NIC-NIIFs.
Líder URIBE & ASOCIADOS CONSULTORES, SAS.
Cel. 316-3933194 telefax . 3719636
E-mail: lruribem@yahoo.com rauluribe05@yahoo.com luribe@globalcontable.com

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