En términos contables, ¿existen diferencias en el reconocimiento de un leasing financiero y lease-back bajo Estándares Internacionales?
En términos contables, ¿existen diferencias en el reconocimiento de un leasing financiero y lease-back bajo Estándares Internacionales?
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, recomienda que en el tema del lease–back se aplique lo que dispone nueva Nic 16 de arrendamientos de estándares plenos, aunque sea una empresa del grupo 2, la cual aplica norma para Pymes.
Ahora bien, si se tiene una lease–back en una pyme, en la que el arrendamiento que resultó fue un arrendamiento financiero en los estados financieros del arrendatario se recomienda no reconocer la venta, sino que simplemente se debe reconocer la obligación financiera por el dinero desembolsado y el activo se debe reconocer como tal, porque en esencia no se presentó una venta.