Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿En qué casos es necesario diligenciar el formulario 490 por una persona natural obligada a renta?
Resueltas octubre 11 de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿En qué casos es necesario diligenciar el formulario 490 por una persona natural obligada a renta?
Resueltas octubre 11 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios aclara que hasta el 19 de octubre de 2018 se tenía plazo para presentar la declaración de renta por las personas naturales, las cuales quedaron sujetas a utilizar el formulario 210 cedulado si se trataba de una persona natural que, para efectos tributarios, calificaba como residente, según las condiciones señaladas en el artículo 10 del Estatuto Tributario.
Ahora bien, es importante mencionar que, si el formulario 210 genera saldo a pagar, se tienen dos opciones para efectuar el pago de dicho valor: el primero, presentando directamente el formulario 210, registrando el valor a pagar en el renglón 980; el segundo, diligenciando el formulario 490 por aparte y presentándolo junto con el formulario 210, pero dejando en blanco el renglón 980, pues, de lo contrario, se generaría doble cobro.