Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dirección en el RUT de persona natural que vive en el exterior


Actualizado: 18 septiembre, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Qué dirección se debe colocar en el RUT de una persona natural obligada a declarar renta en Colombia por el año gravable 2019 cuando vive en el exterior?

Pregunta resuelta septiembre 03 de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica cuál es la dirección que debe figurar en el RUT de una persona que a pesar de vivir en el exterior cumple con algunos de los requisitos para quedar obligada a declarar renta en Colombia.

Es importante precisar que los plazos para declarar renta como persona natural se vencen entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020, pues así lo señala el Decreto 2345 de 2019.

A continuación, se relacionan los topes que deben ser analizados para determinar si se tiene o no la obligación de declarar renta por el año gravable 2019, a través del diligenciamiento del formulario 210, si el contribuyente califica como residente fiscal en los términos de lo establecido en el artículo 10 del Estatuto Tributario –ET–:

  • Ingresos superiores a $47.978.000.
  • Monto de patrimonio superior a $154.215.000.
  • Compras y consumos superiores a $47.978.000.
  • Compras con tarjeta de crédito superiores a $47.978.000.
  • El total de consignaciones o transferencias superaron los $47.978.000.
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