Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dumping: práctica desleal entre empresas que el Gobierno viene combatiendo


Dumping: práctica desleal entre empresas que el Gobierno viene combatiendo
Actualizado: 12 febrero, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Tipos de dumping
  • Lupa sobre Colombia
  • Trámite antidumping

El dumping es una clara muestra de competencia desleal entre empresas productoras o exportadoras. Tres factores se deben demostrar para darse por hecho que existe esta práctica que afecta el comercio nacional y promueve el desempleo. El Ministerio de Comercio cuenta con mecanismos para combatirlo.

Existen dos prácticas desleales de comercio que realizan las empresas productoras o exportadoras o los países, estas son el dumping y los subsidios. Un producto es objeto de dumping cuando se introduce (exporta) al mercado colombiano a un precio inferior al de venta en el mercado del país de origen (valor normal), en el curso de operaciones comerciales normales.

Tipos de dumping

Existen tres tipos de dumping económico:

  • Permanente: el producto se vende constantemente a un precio más bajo.
  • Intermitente: una empresa vende un producto a un precio más bajo hasta que las empresas nacionales no pueden producirlo más. Luego suben el precio al convertirse en monopolio.
  • Esporádico:el excedente un producto extranjero se exporta al precio que se pueda.
“El dumping puede afectar el comercio nacional cuando un empresario extranjero importa sus productos a un menor valor al manejado dentro del comercio interior”

Para demostrar que existe dumping económico se deben presentar tres factores:

  • Que el producto se haya fabricado en el país y se haya exportado a un precio inferior.
  • Que la entrada del producto ocasiona perjuicio en la producción nacional.
  • Que la importación está desplazando el producto nacional.
El dumping puede afectar el comercio nacional cuando un empresario extranjero importa sus productos a un menor valor al manejado dentro del comercio interior; esta es una clara forma en que el producto se puede desplazar.

También afecta el comercio nacional cuando existe una pérdida de participación en el mercado nacional por parte de los productores y comercializadores nacionales, al no poder competir con los precios de los productos importados, ya que sus costos de producción no les permiten realizar una disminución en sus precios. Finalmente, cuando las empresas se ven obligadas a disminuir su personal por culpa de la deslealtad de los precios, esto se convierte en un factor negativo.

Lupa sobre Colombia

Como lo publica Portafolio, nuestro país se ha visto señalado por casos de dumping. El más reciente corresponde a 2017 cuando el Departamento de Comercio de EE.UU. abrió una investigación contra las exportaciones colombianas, de Tailandia y Bélgica de ácido cítrico y citrato de sodio, y confirmó su decisión de imponer derechos preliminares a Colombia. En el caso de Sucroal el derecho provisional impuesto fue de 27,48 %, el más alto frente a los derechos impuestos a Bélgica (24,41 %) y Tailandia (4,77 % – 15,73 %).

Otra investigación fue la emprendida por Estados Unidos contra firmas nacionales que exportaban flores hacia este país. El suceso que se presentó en 1994 señalaba que:

“A la compañía más grande exportadora de rosas, el Grupo Andes, a la Agrícola Benilda, y dos más consideradas importantes, les cerraron el mercado estadounidense de un solo golpe al establecer un impuesto de dumping del 56 %. La empresa Rosas de Colombia quedó con un impuesto del 14 %”.

Trámite antidumping

El trámite es fácil, rápido y sencillo. Solo es necesario solicitar una clave y usuario para luego, desde el perfil que da la plataforma se diligencie la solicitud antidumping. Solo es obligatorio que se diligencian algunos datos básicos y que den cuenta de las malas prácticas de quién haya sido denunciado. El trámite se hace 100 % en línea.

Desde hace varios años se viene sancionando y combatiendo a estas empresas que ofrecen, mediante diversos medios publicitarios, productos o servicios engañosos. Este trámite que realiza el ciudadano no dura más de 15 minutos y todo se hace por la página web. Es necesario, en cuanto a la publicidad engañosa, presentar fotografías que validen la denuncia.

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