Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Editorial] Sobre la ética en el ejercicio profesional del Contador Público – Juan David Maya


La Ética es el nivel de compromiso que tiene un individuo al momento de aplicar los principios y valores con los cuales ha sido formado, en el entendido que, en algunas ocasiones, el individuo se enfrenta a una elección entre el beneficio personal y el de la sociedad. La Ética es la medida en la cual el individuo renuncia a beneficios personales, en pro de los sociales. En este sentido, los principios y valores contribuyen al equilibrio social, pero solo en la medida en que los individuos sean entrenados para renunciar a los intereses personales en beneficio de la sociedad.

“La ética humana se aplica en todos los escenarios de la vida cotidiana, desde la elección de ser fiel a su esposa y familia, hasta la decisión de trabajar con integridad aunque no lo estén supervisando.”

En mi concepto, nuestra sociedad necesita una educación que forme a las personas como miembros de una colectividad, y no como seres cuya indiferencia los impulsa a buscar simplemente su propio bienestar. Se genera entonces una problemática en relación con la ética humana, pues cada individuo quiere establecer sus propios parámetros éticos, y se resiste a aceptar los establecidos cuando estos no coinciden con sus propios deseos, y con las pasiones de su ego.

La ética humana se aplica en todos los escenarios de la vida cotidiana, desde la elección de ser fiel a su esposa y familia, hasta la decisión de trabajar con integridad aunque no lo estén supervisando. En la práctica, la ética deontológica es la aplicación de principios y acuerdos preestablecidos, aunque ello signifique una consecuencia adversa para el contador.

Por ejemplo, ante un ofrecimiento económico para manipular la información financiera o fiscal, el individuo se enfrenta a la decisión entre el beneficio personal (el ofrecimiento) y el beneficio social (el pago del justo impuesto). Si el individuo no ha sido formado en ética (lo cual es algo que no se aprende en la universidad, sino desde la infancia, en el seno de la familia), decidirá por el interés personal, y aceptará el ofrecimiento económico para manipular la información.

El ser humano como ser integral, ha de ejercer como tal en su vida profesional y personal, pues de lo contrario lo regirá la incongruencia. La formación en ética humana y deontológica desarrolla individuos íntegros cuya ética los catapulta en los diferentes roles que asumen en el diario vivir.

Cualquier código, cualquier ley, cualquier principio, que no sea cultivado, respetado y compartido por las personas sobre las cuales recae, se convierte en letra muerta, es inservible, y no cumple con el objetivo para el cual se creó. La fe pública tiene un sentido más amplio que el interés público. La concepción del interés público en los términos en los cuales se utiliza en las NIIF y las NIA, yo lo denominaría “interés económico público”, pues versa sobre asuntos meramente económicos.

La fe pública es más amplia, pues se refiere a la veracidad de lo que se testifica, sea de carácter financiero, social, político, etc.
En mi concepto, el trabajo del contador conlleva, de manera implícita, la Fe Pública, la cual se predica en lo relacionado con la información financiera, en beneficio del interés público.

De acuerdo con lo anterior, ambos conceptos no son excluyentes, sino que van de la mano, y sea cual fuere el que se acuñe en la norma, estos existirán en el contexto del trabajo del contador público. En mi concepto, no hay conflicto entre el Código de Ética de la Ley 43 de 1990 y el contenido en el Decreto 302 del 2015, pues en la aplicación de la anterior normatividad, también era necesario el adecuado uso del juicio profesional. La cuestión está en que ese juicio profesional fue reemplazado sistemáticamente por reglas fiscales.

Las NIIF establecen un marco normativo actualizado, pero sería imposible aplicarlo sin hacer uso del juicio profesional. En cuanto a la relación entre la responsabilidad ética y la capacitación en NIIF, yo diría que el contador tiene la responsabilidad de aceptar solamente encargos para los cuales esté capacitado. Por supuesto, si un contador está trabajando en temas directamente relacionados con NIIF, debería capacitarse.

Pero si un contador está trabajando en áreas diferentes de la de preparación, presentación o revisión de información financiera, no tiene necesidad de capacitarse en NIIF, puede profundizar en otras disciplinas.

No creo que el uso del juicio profesional en la aplicación de las NIIF sea un causante de mayores faltas a la ética profesional, pues el mismo modelo NIIF requiere que las aseveraciones contenidas en los estados financieros sean verificables. La verificabilidad es un concepto según el cual, si un profesional entrenado analiza las aseveraciones contenidas en los estados financieros, y los criterios que se tuvieron en cuenta para realizar dichas aseveraciones, el profesional evaluador debería llegar a las mismas conclusiones que el profesional preparador, o al menos deberían tener un consenso.

Pero advierto, si el profesional que ejerce el juicio profesional, no ha sido formado en ética, puede intentar presentar información errónea o manipulada, para favorecer sus intereses o los de terceros. Esto constituye más bien un riesgo mayor para el auditor, pues además de lidiar con su propia interpretación de los estados financieros, se enfrentaría a una información manipulada. Unos estados financieros manipulados son mucho más difíciles de revisar que unos estados financieros bien elaborados, pues la información manipulada suele quedar tan bien maquillada, que no despierta, en muchas ocasiones, la malicia del auditor, el cual trabaja bajo el principio de la buena fe.

“Lo más difícil es hacer un trabajo que requiere veracidad, en una sociedad donde algunos hombres de negocios piensan que “la corrupción es inherente al ser humano”.”

He visto en algunas ocasiones el afán por revestir ciertas transacciones en formas que no corresponden a la realidad, tratando de presentar como real lo ficticio, como bueno lo malo, como rentable lo que produce pérdidas.
Contra esto no hay mucho qué hacer, más que llamar la atención de la manera más profesional posible, y, si no hay respuesta adecuada, negarse a ejecutar el encargo.

Lo más difícil es hacer un trabajo que requiere veracidad, en una sociedad donde algunos hombres de negocios piensan que “la corrupción es inherente al ser humano”. Cuando me encuentro con estos casos, simplemente me hago a un lado, pues tampoco existe respaldo legal desde el mismo Gobierno como para hacer públicas las denuncias sobre estas situaciones.

Juan David Maya Herrera
Consultor NIIF

Juan David Maya
Contador Público con experiencia de más de 9 años en contabilidad y auditoría, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera con más 700 horas dictadas en diferentes Diplomados, experiencia en implementación de NIIF en 14 entidades. Actualmente Editor en Jefe y Líder de Investigación en NIIF del portal actualicese.com
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