¿Una declaración de renta de año gravable 2019 que fue presentada oportunamente con el beneficio de auditoría del artículo 689-2 del Estatuto Tributario se puede corregir sin perder dicho beneficio?
¿Una declaración de renta de año gravable 2019 que fue presentada oportunamente con el beneficio de auditoría del artículo 689-2 del Estatuto Tributario se puede corregir sin perder dicho beneficio?
Pregunta resueltas 29 de octubre de 2020
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica en detalle si una declaración de renta del año gravable 2019, presentada oportunamente con el beneficio de auditoría del artículo 689-2 del Estatuto Tributario –ET–, se puede corregir sin que ello implique la pérdida de dicho beneficio.
Recordemos que después del tiempo de firmeza especial al que haya quedado sujeta la declaración de renta con beneficio de auditoría, es decir, 6 o 12 meses, no se pueden hacer correcciones, ni por la Dian ni por el contribuyente.