Es conocido por todos que los decretos con fuerza de ley, sancionados al amparo del estado de excepción llamado “Emergencia Social”, han sido muy criticados, analizados y comentados. Pero hay uno sobre el que poco se ha dicho, el Decreto 129 del 21 de enero de 2010, cuyos efectos para el desarrollo de la actividad empresarial pueden ser nefastos por la forma en que está redactado y por lo confuso en la manera como debe aplicarse, pero sobre todo porque hasta el día de hoy (25 de febrero de 2010), no ha sido publicado ningún decreto reglamentario que permita darle una aplicación concreta.
Autor:
Miguel Angel Bustos Vásquez
Gerente Derecho Tributario Pinilla Gonzalez y Prieto Abogados
Email: miguelbustos@pinillagonzalezprieto.com