Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El comerciante y sus obligaciones


¿Qué es un comerciante?

Un comerciante es toda persona que de forma constante desarrolle una actividad comercial, estas actividades se encuentran ampliamente especificadas en el artículo 20 del Código de Comercio; como por ejemplo:

1) Comprar bienes con destino a venderlos.

2) Vender bienes.

3) Comprar bienes muebles con destino a arrendarlos.

También la ley presume que una persona es comerciante cuando:

1. Se encuentre inscrita en el registro mercantil.

2. Tenga un establecimiento comercial abierto.

3. Se anuncie públicamente como comerciante.

La condición de comerciante es adquirida aun cuando la actividad comercial es realizada por medio de intermediario, tercero o apoderado; un aspecto importante a destacar es que dicha actividad se debe desarrollar de forma constante es decir no puede responder a evento ocasional.

Por ejemplo: una persona que vende su automóvil con el objetivo de reemplazarlo y es de uso personal y familiar sin ninguna finalidad comercial, este respondería a una actividad comercial porque es la compra de un bien mueble pero es un evento ocasional, no corresponde a una actividad permanente ni profesional.

¿Cuáles son las obligaciones de un comerciante?

1. Realizar su matrícula de registro mercantil.

2. Inscribir en el registro mercantil los libros y documentos que la ley así lo exija.

3. Llevar contabilidad de acuerdo con las disposiciones legales.

4. Llevar el archivo de documentos a partir de lo previsto por la ley.

5. No ejecutar prácticas de competencia desleal.

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