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Emisión de acciones y su tratamiento contable

La emisión de acciones está regulada por el artículo 377 y siguientes del Código de Comercio y los aportes de socios, para el caso de las sociedades limitadas, por el artículo 354. En este editorial exponemos el tratamiento contable al respecto, de acuerdo con los Estándares Internacionales.

Fecha de publicación: 18 de abril de 2018
Emisión de acciones y su tratamiento contable
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La emisión de acciones está regulada por el artículo 377 y siguientes del Código de Comercio y los aportes de socios, para el caso de las sociedades limitadas, por el artículo 354. En este editorial exponemos el tratamiento contable al respecto, de acuerdo con los Estándares Internacionales.

Los Estándares Internacionales establecen los requerimientos para el reconocimiento y medición de los activos, pasivos, ingresos y gastos; así como la medición de las aportaciones de los socios. En el caso del patrimonio, es necesario aclarar que no existe una definición conceptual, sino que se concibe como la participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos.

En relación con lo anterior, el párrafo 22.7 del Estándar para Pymes establece que la entidad debe incrementar el patrimonio en el momento en el cual emita las acciones, y la contraparte (el socio) esté obligado a pagar a cambio de ellas. [pq]La simple suscripción de las acciones no dará lugar a incremento patrimonial, para tal efecto, se requiere que dichas acciones sean emitidas, es decir, entregadas.[/pq]

Ahora bien, si el pago por las acciones no se ha recibido, o se ha recibido parcialmente, el valor correspondiente a las aportaciones por cobrar se reconoce como un menor valor del patrimonio, en lugar de reconocerse como activo.

Para ejemplificar lo dicho, digamos que Saver Inversiones SA firmó un acuerdo de emisión de acciones con sus nuevos socios. Según el contrato, las acciones tienen un valor de $50.000.000, de los cuales serán pagados $25.000.000 inmediatamente, y el resto será pagado en el transcurso de los 12 meses siguientes a la suscripción.

En este caso, la entidad solo reconocerá un incremento patrimonial neto de $25.000.000. Aunque el capital suscrito se incrementará en $50.000.000, se reconocerá un capital suscrito por cobrar por valor de $25.000.000.

Si el pago se recibe antes de la emisión de las acciones, se reconoce el incremento patrimonial siempre que la entidad no esté obligada a reintegrar los recursos a los aportantes. Si alguna cláusula contractual le permite a los aportantes solicitar el reintegro de los aportes, entonces la entidad no reconoce el incremento patrimonial, sino un pasivo, hasta el momento en el cual se lleve a cabo la emisión de las acciones.

Medición de los aportes de capital

Las aportaciones de capital deben medirse, según el párrafo 22.8 de la Norma para Pymes, por el valor del efectivo recibido. Si los aportes se reciben en especie, se medirán por el valor razonable de los recursos recibidos o por recibir. Si el pago en efectivo se aplaza y el efecto del descuento es significativo, la entidad debe medir estos aportes descontados con una tasa de interés adecuada. Los costos de transacción se reconocen siempre como menor valor de las aportaciones, siempre que sean materiales (párrafo 10.3).

Ejemplo 1

Saver Inversiones lleva a cabo una emisión de acciones en el año 2018. El valor nominal de las acciones es de $100.000.000. Los socios pagan $50.000.000 en efectivo, de manera inmediata, y el resto lo pagarán en un plazo de 6 meses. La entidad ya tenía el capital autorizado.

Los registros contables en el momento de la emisión inicial son los siguientes (los códigos de cuenta son sugeridos):

Cuenta

Débito

Crédito

310510 – Capital por suscribir

$100.000.000

110505 – Efectivo

$50.000.000

310515 – Capital suscrito por cobrar

$50.000.000

 

Cuando la entidad recibe el pago del excedente, el registro contable es el siguiente:

Cuenta

Débito

Crédito

110505 – Efectivo

$50.000.000

310515 – Capital suscrito por cobrar

$50.000.000

Ejemplo 2

Saver Inversiones SA lleva a cabo una emisión de acciones, cuyo valor nominal es de $100.000.000.

El socio inversor acuerda con la entidad aportar una bodega, cuyo valor razonable es de $90.000.000.

Los registros contables en el momento de la emisión inicial son los siguientes (los códigos de cuenta son sugeridos):

Cuenta

Débito

Crédito

310510 – Capital por suscribir

$90.000.000

151605 – PPE Bodega

$90.000.000

 

En este caso, los aportes de capital se miden por el valor razonable de los activos aportados, sin importar que su valor sea superior o inferior al valor nominal de las acciones emitidas.

CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)

*Exclusivo para Actualícese

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