Si una empresa de servicios públicos opta por expedir facturas electrónicas conforme a lo establecido en el Decreto 2242 del 2015, pero sus usuarios no la reciben de manera electrónica, ¿la factura electrónica es válida?
Si una empresa de servicios públicos opta por expedir facturas electrónicas conforme a lo establecido en el Decreto 2242 del 2015, pero sus usuarios no la reciben de manera electrónica, ¿la factura electrónica es válida?