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Empresa no envía certificación a la DIAN para acogerse al beneficio de progresividad en imporrenta

Una empresa se creó en el 2015, pero no envió la certificación a la DIAN antes del 31 de diciembre de dicho año para acogerse al beneficio de progresividad en el pago del impuesto de renta, ¿puede tener el beneficio a partir del 2016 y enviar la carta antes del 31 de diciembre del 2016?

Fecha de publicación: 29 de enero de 2016
Empresa no envía certificación a la DIAN para acogerse al beneficio de progresividad en imporrenta
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Una empresa se creó en el 2015, pero no envió la certificación a la DIAN antes del 31 de diciembre de dicho año para acogerse al beneficio de progresividad en el pago del impuesto de renta, ¿puede tener el beneficio a partir del 2016 y enviar la carta antes del 31 de diciembre del 2016?