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Empresas de servicios públicos, mientras no sean autorretenedoras, se les hará retención del CREE


Empresas de servicios públicos, mientras no sean autorretenedoras, se les hará retención del CREE
Actualizado: 24 julio, 2013 (hace 11 años)

Con la retención del CREE no hay excepciones. Si el sujeto del pago es persona jurídica y si al final del año estará sujeto al CREE, por ser empresa persona jurídica que no es autorretenedora de renta, al final de año tendrán la obligación de liquidarlo.

Veamos un ejemplo puntual al respecto. En la ciudad de Cali, la empresa de servicios públicos se llama Empresas Municipales de Cali, EMCALI, y esta hizo llegar una circular a los clientes donde comunicaban que los ingresos que le paguen a EMCALI sí le tendrán que hacer retención del CREE.

Resulta que nadie le venía haciendo retenciones del Impuesto de Renta normal porque sus rentas de servicios públicos domiciliarios son exentas. El art. 369 del E.T. dice que cuando vamos a realizarle un pago a alguien, y ese pago le constituye al beneficiario una renta que en el E.T. se podrá restar como renta exenta en el impuesto de renta, y para las empresas de servicios públicos domiciliarios todavía siguen siendo exentas por lo que dice el art. 211 del E.T., por tal razón a los pagos de los servicios públicos no les hacíamos retención del impuesto normal de renta.

Pero la retención del CREE es distinta. En ella no hay excepciones sino que si el sujeto del pago es una persona jurídica y si al final del año estará sujeto al impuesto CREE, entonces por ser una empresa persona jurídica que no es autorretenedora de renta, frente al impuesto CREE al final del año sí estarán obligados a liquidarlo. La retención del impuesto normal de renta no se les hace porque en el impuesto normal de renta, las rentas de servicios públicos domiciliarios son una renta exenta.

Resultó que EMCALI no es autorretenedora. En el RUT, el cual también hacen llegar en la circular, se demuestra que ellos no son autorretenedores. No tienen la responsabilidad 15 que son autorretenedores.

Y en el CREE si se podrán restar algunas rentas como exentas, pero esa de los servicios públicos domiciliarios no. Con la instrucción que tenemos hasta ahora del Decreto 862 a estas empresas de servicios públicos domiciliarios mientras no sean autorretenedoras hay que hacerles la retención del CREE.

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