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Empresas de servicios públicos que facturan ingresos para terceros se deben autorretener los propios


Empresas de servicios públicos que facturan ingresos para terceros se deben autorretener los propios
Actualizado: 7 octubre, 2013 (hace 11 años)

Las entidades de este tipo que son sujetas al CREE si en la factura recaudan ingresos que son para terceros, el único ingreso sobre el que se tienen que autorretener es el propio. Hay que recordar que cuando una entidad factura ingresos para terceros, al final del año en la información exógena le tocará hacer un formato 1647 diciendo cuáles ingresos facturó para otros.

Analicemos brevemente la siguiente inquietud. Empresa de servicios públicos de carácter público que es sujeto pasivo del CREE, antes de las autorretenciones solo le practicaban retenciones las entidades bancarias. Luego del cambio a la autorretención, ¿debo hacerse autorretención por todas las facturas que genera, pues la norma dice que es práctica para todos los pagos independiente del tipo de persona?

Las empresas de servicios públicos si son sujetas del CREE, es decir que son contribuyentes del impuesto de renta que antes tributaban al 33% y ahora quedan enfrentadas a los dos impuestos, 25% en renta y 9% en el CREE, si son entes jurídicos sujetos al CREE se deben autorretener sobre todo lo que estén facturando, sin importar a quién estén facturando.

Lo anterior sin importar las cuantías mínimas porque ya la DIAN se pronunció al respecto. Hay que recordar que el art. 4 del Decreto 1828 solo dijo que se usan las bases, y las personas interpretó que las bases eran las cuantías mínimas y eso no es así.

Estas entidades de servicios públicos domiciliarios si son sujetas del CREE se tienen que autorretener el CREE en todas las facturas. Lo que se debe revisar en las facturas es que muchas veces en estas, la entidad de servicios públicos recauda ingresos que no son para ella sino para terceros.

Cuando las empresas de servicios públicos en la factura recaudan ingresos que son para terceros, el único ingreso sobre el que se tienen que autorretener es el propio, no sobre terceros. Hay que recordar que cuando una entidad factura ingresos que son para terceros, al final del año en la exógena le tocará hacer un formato 1647 diciendo cuáles ingresos facturó por cuenta de terceros.

En conclusión, para los ingresos que son facturados para terceros no se vaya a autorretener, sino que lo hace solo para los ingresos que son propios.

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