Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Empresas nacionales podrán adquirir participaciones de fondos de inversión en el exterior


Actualizado: 3 noviembre, 2017 (hace 6 años)

El Gobierno expidió el Decreto 1756 de 2017, el cual permite a empresas colombianas (sociedades comisionistas de bolsa, sociedades fiduciarias o sociedades administradoras) adquirir participaciones de fondos de inversión en el exterior.

La medida regula el reconocimiento en Colombia de los fondos de inversión que operan en otros países, siempre y cuando hayan recibido autorización previa por parte de una autoridad de supervisión local.

De esta manera se incentiva y facilita la participación de los inversionistas colombianos en mercados de valores de otros países con niveles similares de regulación y supervisión, como los estados miembros de la Alianza del Pacífico: Chile, Perú y México.

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que esta reglamentación es un avance en la implementación de lo que se conoce internacionalmente como “pasaporte de fondos”. Esta herramienta, de uso común entre los países de la Unión Europea, permite que las sociedades autorizadas puedan comercializar y ofrecer fondos de inversión de otras jurisdicciones, lo que permite captar recursos y buscar inversionistas en los demás países, sin necesidad de hacer un nuevo registro ante las autoridades regulatorias locales.

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