Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Empresas SAS podrán ser constituidas realizando los siguientes trámites ante la DIAN


Empresas SAS podrán ser constituidas realizando los siguientes trámites ante la DIAN
Actualizado: 4 julio, 2017 (hace 7 años)

Al constituir una empresa debe realizarse el pre diligenciamiento del Registro Único Tributario, ya que este es necesario para obtener el registro mercantil. Adicional a esto, debe obtenerse el instrumento de firma electrónica y realizar la solicitud de autorización de numeración de facturación.

Respondamos a la siguiente pregunta: ¿Qué procesos se deben realizar ante la DIAN al constituirse una SAS?

Al momento de constituir una empresa es necesario llevar a cabo una serie de diligencias que guardan relación con temas tributarios.

Para tal fin, es necesario ingresar al portal de la DIAN, escoger la opción del RUT para realizar un pre diligenciamiento de este documento para una persona jurídica. Tenga en cuenta que al momento de imprimirlo aparecerá la leyenda “para trámite en cámara”.

Luego, es necesario dirigirse a la Cámara de Comercio para llevar a cabo el proceso de obtención del registro mercantil siendo necesario entregar dicho RUT (que no es el formalizado sino uno previo). Posteriormente, la respectiva Cámara de Comercio establece contacto con la DIAN, para que esta última le asigne al contribuyente el número del NIT y de esta forma quede formalizada la inscripción en el RUT.

Al respecto de esto, es válido recordar que según lo dispuesto en el artículo 555-1 del ET, una vez se haya asignado la matrícula mercantil las cámaras de comercio deben solicitar a la DIAN dentro de los dos días calendario siguientes la expedición del NIT. Asimismo, es necesario tener en cuenta que las cámaras de comercio deben atender lo dispuesto en la Resolución 52 de junio 21 de 2016 mediante la cual se regula la inscripción del RUT y su actualización a través de dichas entidades.

Después, es necesario obtener el instrumento de firma electrónica –IFE– siguiendo los pasos contemplados en la Resolución 000070 de noviembre 03 de 2016. Para tal fin, es necesario adelantar el proceso de forma presencial ante las instalaciones de la DIAN.

El siguiente paso es realizar la solicitud de autorización de numeración de facturación, según lo estipulado en la Resolución 000055 de julio 14 de 2016. Este proceso debe adelantarse de forma virtual y es necesario que de forma previa se abra una cuenta bancaria, pues es uno de los requisitos para realizar la solicitud, indistintamente de que el Decreto 589 de 2016 haya autorizado la eliminación de este último requisito en el trámite del RUT.

Material relacionado:

 

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,