Al hacer retenciones de renta, muchas personas tuvieron que diferenciar entre base y cuantía. La base es el valor sujeto a retención y esta se puede someter, en algunos casos a una cuantía mínima. Sin embargo, en las autorretenciones del CREE no se hace esta mención.
Desde el año 2013 quienes son sujetos del CREE se deben practicar autorretención por este tributo. Lo deben hacer sin importar la cuantía del valor por el cual se hace cada venta, pues así fue aclarado por la DIAN en el Concepto 59385 de septiembre 19 del 2013.
La entidad despejó la duda que se estaba formando cuando al hacer retenciones de renta muchas personas tuvieron que diferenciar entre base y cuantía. La base es el valor sujeto a retención y se puede someter a una cuantía mínima, en el caso de las retenciones de renta y de IVA.
En las autorretenciones del CREE, sin embargo, no se hace esta mención. La base que se somete a la autorretención del CREE es el valor de las ventas antes de IVA. Ese es el ingreso que va a quedar sometido a autorretención. Y aquí no aplica la cuantía mínima. La base es el valor de la venta antes de los impuestos, y sin importar el valor que tenga la base, se debe practicar autorretención.
En el artículo 4 del Decreto 1828 de agosto del 2013 se establecen algunos casos especiales; por ejemplo, para quienes venden combustibles existen bases especiales más pequeñas; el valor de la venta por el que se había comprado el galón menos el valor por el cual se había revendido.
Las autorretenciones del CREE tienen una destinación específica –SENA e ICBF. Este dinero reemplaza lo que a estas entidades no les está llegando por medio de la PILA. Por tal motivo, en las autorretenciones del CREE no se consideran cuantías mínimas.
Ahora, si una persona consigna sus autorretenciones, y al presentar la declaración del CREE le arroja un saldo a favor, este se podría pedir en devolución.
En el Concepto 59385 de septiembre del 2013, la DIAN confirma que los sujetos al CREE se deben practicar la autorretención sobre todos los ingresos que devenguen, dejando solo por fuera los ingresos no gravados con el CREE, según el artículo 22 de la Ley 1607, sin importar quién sea la persona natural o jurídica de la cual estén percibiendo el respectivo ingreso.
“En consecuencia, la autorretención procede en todos los casos en que el sujeto pasivo del impuesto CREE perciba un ingreso gravado con el mismo con independencia del sujeto que realice el pago e incluyendo en tal medida los eventos en que se perciban ingresos provenientes del exterior”
Si el Decreto 1828 no hizo ninguna distinción sobre en qué casos hacerse o no la autorretención del CREE dependiendo del tipo de persona o entidad que le efectúe los pagos al ente jurídico sujeto al CREE, los entes sujetos al CREE se deberán autorretener aun en los casos en que reciban pagos o abonos en cuenta de parte de personas naturales no comerciantes o hasta cuando reciban ingresos por cualquier tipo de exportaciones.
Con esto se confirma que la autorretención del CREE no es igual a la autorretención del impuesto tradicional de renta, ya que en esta última sí existen normas (artículo 11 del Decreto 836 de 1991 y artículo 366-1 del ET) en las que se le indica al autorretenedor, que no debe practicar la autorretención si el ingreso lo recibe de personas naturales no comerciantes o cuando el dinero proviene de exportaciones (excepto cuando sean exportaciones de hidrocarburos y demás productos mineros).