Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿En el régimen simple se debe denunciar el patrimonio fiscal?


¿En el régimen simple se debe denunciar el patrimonio fiscal?
Actualizado: 26 julio, 2019 (hace 5 años)

Al igual que como sucedió con quienes se acogieron al monotributo, se prevé que quienes se acojan al nuevo régimen simple de tributación no tendrán que denunciar su patrimonio fiscal y, por lo tanto, tampoco se les podría exigir presentar la declaración de activos en el exterior.

La creación del nuevo régimen simple es el reemplazo del anterior régimen del monotributo que existió entre los años gravables 2017 y 2018. Por lo tanto, al igual que sucedió con los monotributistas (los cuales solo presentaban una declaración especial en el formulario 250, en la cual nunca se pedía informar su patrimonio fiscal), lo que sucederá con los contribuyentes que se acojan al nuevo régimen simple es que terminarán presentando una declaración especial.

En dicha declaración solo les pedirán informar sus ingresos brutos del año, pero no se les solicitará informar su patrimonio líquido al cierre del año, ya que a los contribuyentes del régimen simple nunca se les pedirá calcular renta presuntiva ni tampoco se les podrá inflar su base gravable con las rentas liquidas especiales por activos omitidos o por incremento patrimonial no justificado.

Por lo anterior, si a los sujetos al régimen simple no se les pedirá informar su patrimonio fiscal al cierre del año, se puede concluir que a ellos tampoco se les tendría solicitar la presentación de la declaración informativa de activos en el exterior[/pq], pues la Dian no tendrá que estar haciendo ningún control al patrimonio fiscal de los sujetos al régimen simple. Y esto mismo es lo que ya sucedió entre los años 2017 y 2018 con los sujetos al monotributo, a los cuales tampoco se les exigía la declaración informativa de activos en el exterior.

Para profundizar en este tema, usted se puede programar para asistir a nuestra gira presencial Novedades en la preparación de la declaración de renta y complementario de personas naturales por el año gravable 2018, de la mano del Dr. Diego Guevara.

Definitivamente la temporada de declaración de renta de personas naturales tiene una importancia particular, motivo por el cual el Dr. Diego Guevara ayudará a los profesionales contables a que se preparen para enfrentarla.

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Temas en los que los asistentes quedarán actualizados

  • Se analizarán de manera detallada los aspectos más importantes por tener en cuenta en relación con el cumplimiento de esta obligación tributaria, contextualizados a partir de las disposiciones señaladas en la Ley 1819 de 2016.
  • Te actualizarás en las más importantes reglamentaciones que se hayan producido durante 2018 y 2019, con relación a la preparación y presentación de la declaración de renta, y del monotributo, para las personas naturales por el año gravable 2018.
  • Se señalarán los elementos de mayor relevancia, que son indispensables para la determinación del patrimonio fiscal de estos contribuyentes por el año gravable 2018, así como también los relacionados con la depuración de la renta líquida gravable y la ganancia ocasional gravable.
  • Se destacarán los más importantes beneficios tributarios aplicables en el proceso de depuración.
  • Sabrás cuáles son los aspectos indispensables para la preparación y /o presentación de los formatos 2516 y 2517 relacionados con el reporte de conciliación fiscal por el año gravable 2018.
  • Se hará precisión sobre las novedades en materia de las normas de procedimiento tributario contempladas en la Ley 1943 de 2018 y que son aplicables a esta obligación tributaria, como por ejemplo el anexo de “otras deducciones”.

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