Las instrucciones contenidas en los párrafos 66 y siguientes de la NIC 1, la cual hace parte del marco normativo incluido como anexo en el Decreto 2784 de dic. de 2012, establecen los criterios que se han de seguir para efectuar esta importante clasificación. Estos criterios son muy similares a los contenidos en el art. 115 del Decreto 2649 de 1993.
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