Entes jurídicos que son los únicos sujetos pasivos del CREE
A continuación, brevemente, detallamos cuáles son los entes jurídicos que son los únicos sujetos pasivos del Impuesto de Renta para la Equidad, CREE. Puntos a tener en cuenta por las sociedades y demás entes jurídicos nacionales y extranjeros.
Fecha de publicación:
2 de diciembre de 2013
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
A continuación, brevemente, detallamos cuáles son los entes jurídicos que son los únicos sujetos pasivos del Impuesto de Renta para la Equidad, CREE. Puntos a tener en cuenta por las sociedades y demás entes jurídicos nacionales y extranjeros.
El art. 2 de este decreto confirma que los únicos sujetos pasivos de este impuesto son los siguientes entes jurídicos:
a) Las sociedades y demás entes jurídicos “nacionales”…
Los que sean contribuyentes declarantes del impuesto tradicional de renta pero en el régimen ordinario.
Quedan por fuera los entes jurídicos que pertenezcan al régimen especial. Igualmente, todos los demás entes jurídicos que no sean contribuyentes del impuesto tradicional de renta.
Entre estos obligados se exoneran las sociedades instaladas en zonas francas existentes a diciembre 31 de 2012, siempre y cuando tributen en el impuesto tradicional de renta con la tarifa del 15%.
Lo anterior implica que las usuarias comerciales, como tributan al 25%, sí quedan obligadas a liquidar el CREE.
b) Las sociedades y demás entes jurídicos “extranjeros”…
Que sean contribuyentes declarantes del impuesto tradicional de renta, pero solo sobre los ingresos obtenidos en Colombia mediante “establecimientos permanentes”.
A los sujetos anteriores, del punto a) y b), es a los que en el RUT se les asigna la responsabilidad “35”.