Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Entrega de inventario en consignación no se considera venta


Entrega de inventario en consignación no se considera venta

Aquí hablaremos sobre...

  • Otros tipos de negociación que se asemejan al contrato de consignación
  • Pago en el momento de la venta final
  • Pago condicionado a consumo de inventarios

Para reconocer un ingreso, la transacción de venta de bienes debe cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo 10 de la sección 23 del Estándar para Pymes. Al evaluar el contrato de una entidad que entrega parte de su inventario en consignación, se observa que estas premisas no se cumplen.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,