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EPS, IPS y POS: terminología del sistema de salud nacional para tener clara

No se enrede con los diversos conceptos que maneja el sistema de salud en Colombia. Brevemente, describimos y planteamos las diferencias existentes entre lo que es EPS, IPS y POS. La idea es que, quienes hagan uso de estos, conozcan las características de cada uno.

Fecha de publicación: 13 de abril de 2018
EPS, IPS y POS: terminología del sistema de salud nacional para tener clara
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

No se enrede con los diversos conceptos que maneja el sistema de salud en Colombia. Brevemente, describimos y planteamos las diferencias existentes entre lo que es EPS, IPS y POS. La idea es que, quienes hagan uso de estos, conozcan las características de cada uno.

Muchas personas pueden confundir términos como EPS, IPS y POS. Las siglas pueden hacerle pasar una mala jugada a la memoria. Esperamos que este breve artículo facilite el manejo de los servicios de salud, y conozca las diferencias que plantean estos conceptos.

¿Qué es una EPS?

Significa “entidad promotora de salud” y es la encargada de promover la afiliación al sistema de seguridad social. Aquí, no hay servicio médico, solo administrativo y comercial.

Como es conocido por la mayoría, pertenecer a una EPS se logra a través del departamento de gestión humana de la empresa en la que trabaje o, para los independientes, por medio de la visita directa a las diferentes entidades que prestan este servicio en la ciudad o el lugar donde viva.

Sin embargo, al momento de la afiliación hay un detalle que algunos todavía desconocen y otros se olvidan: «Cuando se hace la afiliación, la persona tiene derecho a urgencias durante las cuatro primeras semanas, es decir, el primer mes. A partir del segundo mes, ya tiene derecho a pedir las citas médicas», señala Piedad Correa Giraldo, directora comercial regional noroccidental de Coomeva

IPS

Estas son las instituciones prestadoras de servicios. Es decir, todos los centros, clínicas y hospitales donde se prestan los servicios médicos, bien sea de urgencia o de consulta. Estas son contratadas por las EPS para que cumplan con los planes y servicios que estas ofrecen (promueven) a sus usuarios, pero son las EPS que cancelan todos los gastos médicos que sus pacientes generen a las IPS.

“El plan obligatorio de salud –POS– es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el sistema general de seguridad social en salud de Colombia –SGSSS–”

—> Consulte aquí el listado completo de las IPS acreditadas.

¿Qué cubre el POS?

El plan obligatorio de salud –POS– es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el sistema general de seguridad social en salud de Colombia –SGSSS–, cuya finalidad es la protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar, y está complementado con el reconocimiento de prestaciones económicas en caso de licencia de maternidad e incapacidad por enfermedad general.

Servicios a los que tiene derecho el afiliado al POS:

  • Promoción de la salud y promoción de la enfermedad.
  • Consulta médica general, especializada y subespecializada.
  • Consulta odontológica general y especializada.
  • Atención de urgencias médicas y odontológicas.
  • Ayudas diagnósticas.
  • Atención del parto.
  • Hospitalización y cirugía.
  • Unidad de cuidados intensivos adultos y neonatal.
  • Atención de enfermedades ruinosas o catastróficas.
  • Pago de incapacidades por enfermedad general.
  • Pago de licencias por maternidad y paternidad.
  • Suministro de lentes: Adultos una vez cada cinco años y, para niños, una vez cada año.
  • Medicamentos.

Importante saber qué…

La acreditación en salud es el conjunto de procesos, procedimientos y herramientas de implementación periódica por parte de las instituciones prestadoras de servicios de salud, las entidades promotoras de salud, las entidades administradoras de riesgos laborales y las instituciones prestadoras de servicios de salud ocupacional, utilizados voluntariamente, para demostrar el cumplimiento gradual de niveles de calidad superiores a los requisitos mínimos obligatorios para la atención en salud, bajo la rectoría del Ministerio de Salud y Protección Social, vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud y operación de las entidades inscritas en el registro especial de acreditadores en salud.

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