Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

EPS podrán utilizar recursos de la reserva técnica para pagar deudas con IPS o proveedores


Actualizado: 28 abril, 2020 (hace 4 años)

EPS podrá usar los recursos que tengan invertidos en títulos de deuda pública interna, títulos de renta fija y depósitos a la vista, que forman parte de la reserva técnica.

El Ministerio de Salud expidió el Decreto 600 del 27 de abril de 2020, relacionado con el uso transitorio, que podrán hacer las EPS, de los recursos que tengan invertidos en títulos de deuda pública interna, títulos de renta fija y depósitos a la vista, que forman parte de la reserva técnica.

Durante la vigencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19, las Entidades Promotoras de Salud podrán utilizar los recursos que tengan invertidos en depósitos a la vista, títulos de renta fija y títulos de deuda pública interna, y que respaldan sus reservas técnicas, para saldar los pasivos registrados como reservas técnicas, previa evaluación del riesgo de mercado y la coyuntura económica para evitar que se generen pérdidas al momento de liquidar dichas inversiones.

Dichas inversiones se deberán utilizar para disminuir las cuentas por pagar o deudas con los prestadores de servicios de salud por servicios y tecnologías financiados con la UPC, que se encuentran registrados como reserva técnica, de acuerdo con una serie de condiciones indicadas en el decreto.

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