Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Es obligatorio mantener abierta la cuenta bancaria que la DIAN exige a la hora de inscribirse en el RUT?


Ficha técnica:

Actualizado: 12 diciembre, 2012 (hace 11 años)

En la actualidad no es obligatorio mantener abierta dicha cuenta excepto si se piensan solicitar en devolución los saldos a favor en renta o en IVA. Pero a partir de junio de 2013, y posteriormente a partir de enero de 2014, sí será necesario que la gran mayoría mantenga abierta esas cuentas bancarias pues entrarían a tener aplicación las medidas del Decreto 1159 de junio de 2012 y el Art. 771-5 del E.T.

Contenidos

  • Repaso a las normas que establecieron desde agosto de 2011 la obligatoriedad de que las personas jurídicas y algunas naturales, al momento de inscribirse en el RUT, demuestren tener abierta una cuenta bancaria (corriente o de ahorros) abierta en una entidad vigilada pos Superfinanciera
  • Comentarios sobre las razones por las cuales, a partir de junio de 2013, sí será necesario que la gran mayoría tenga abierta y activa esa cuenta bancaria

Diapositivas

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