En el proceso de convergencia hacia los nuevos marcos técnicos normativos se debe realizar el estado de situación financiera de apertura –ESFA–. A continuación, se presentan 6 respuestas clave en relación al tema, abordadas por nuestro equipo experto en la materia.
En el proceso de convergencia hacia los nuevos marcos técnicos normativos se debe realizar el estado de situación financiera de apertura –ESFA–. A continuación, se presentan 6 respuestas clave en relación al tema, abordadas por nuestro equipo experto en la materia.
Inclusión de avalúo técnico en la elaboración del ESFA
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, aclara que si al momento de realizar el balance de apertura de una entidad no se incluyó el avalúo técnico de un activo, resulta un poco complejo incluirlo posteriormente, debido a que la información que se obtendría de su valor razonable sería conforme a la información actual y no conforme a la información de hace tres años. En ese sentido, es muy recomendable que la entidad antes de elaborar el ESFA haga una buena planeación para evitar inconvenientes como el ya mencionado.
Entidad ante la cual se debe presentar el ESFA de las iglesias cristianas y las fundaciones
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, señala que las fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, entre las cuales se encuentran las iglesias cristianas, no tienen la obligación de presentar estados financieros ante ninguna entidad y hasta ahora tampoco se ha dispuesto que sean vigiladas por ninguna superintendencia; por lo único que deben responder es por sus obligaciones tributarias.
Para terminar, vale la pena destacar que con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 se implementaron varios mecanismos que permiten un mayor control sobre las entidades sin ánimo de lucro, mecanismos que, según nuestra recomendación, deben estudiarse para no entrar en pleitos innecesarios con las entidades reguladoras nacionales.
Afectación de la reserva legal por ajuste al ESFA de una entidad
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que dado que esta es una pregunta que no puede ser respondida desde los nuevos marcos contables, para encontrarle solución debe validarse la información establecida en el artículo 452 del Código de Comercio.
Ahora bien, si, por ejemplo, una entidad tiene un capital suscrito de 1000 millones y tiene una reserva legal de 500 millones (situación que indica que ya llegó al 50 % que establece el artículo 452), ya no tiene la obligación de seguir llevando el 10 % de las utilidades líquidas para constituir la reserva legal.
Reconocimiento del valor residual de los activos después de la presentación del ESFA
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, señala que el valor residual de los activos debe ser considerado siempre y cuando ese valor residual sea material para la entidad, situación que da pie a que este sea reconocido conforme a la sección 17 y 18 de la norma para Pymes y las NIC 16 y 38 para estándares plenos.
Finalmente, debe tenerse presente que si la entidad olvidó hacer el proceso de reconocimiento del valor residual, dado que pueden generarse errores en los estados financieros, debe aplicarse la sección 10 de la norma para Pymes y la NIC 8 de los estándares plenos.
Procedimiento a ejecutar antes de elaborar el ESFA por entidad del grupo 2
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que actualmente si una empresa del grupo no ha implementado los nuevos marcos contables deberá hacer lo siguiente: tomar sus estados financieros de 2014, hacer un análisis acerca de las normas que debe aplicar, realizar el balance de apertura con fecha de corte al 01 de enero de 2015 y luego elaborar unos estados financieros bajo los nuevos marcos contables, partiendo del balance de apertura que se hizo.
Método a aplicar en la medición inicial de la propiedad planta y equipo al elaborar el ESFA
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, señala que las entidades del grupo 2 deben aplicar la sección 35 del Estándar Internacional para Pymes, puntualmente el párrafo 35.10, literales c) y d), al momento de realizar su estado de situación financiera de apertura. Asimismo, es importante mencionar que la norma en mención proporciona la información que se requiere para aplicar los nuevos Estándares Internacionales por primera vez para las Pymes, es decir, para las entidades del grupo 2.