El pago de los Intereses de las Cesantías que se causaron hasta el 31 de diciembre, tiene una fecha máxima de pago, so pena de la sanción que establece la ley, como es su pago doble.
Con la nueva Ley 1429 de 2010, los pagos parciales de cesantías no necesitan autorización del Inspector de Trabajo. Además qué presentadas las pruebas al empleador sobre su uso, éste está en la obligación de su pago, so pena de multa.
Los trabajadores saben que la finalidad es para desempleo, vivienda y estudio, pero sobre ésta última opción, solo procede cuando las cesantías están consignadas al fondo, pero no para pagos parciales, si se hace, estaría en riesgo el empleador a ser condenado a su pago doble.
Con la nueva Ley de Formalización y Generación de Empleo, se modificó el trámite para el pago parcial de cesantías. Pero dicha norma, es su lectura, genera una confusión sobre su pago al empleador o al Fondo de Cesantías. actualicese.co, la ha interpretado correctamente y hoy el Minprotección Social lo confirma.
Con la reforma al pago parcial de cesantías que introdujo la reciente Ley 1429 de 2010, norma que quedó con muchos errores en su elaboración, se han generado muchas confusiones. En éste caso, resolvamos ésta duda frecuente. ¿Cómo se retiran las Cesantías ya consignadas en el Fondo?
La ley establece que el empleador debe verificar el destino que hace el trabajador de las cesantías que se le pagan parcialmente, so pena de sanciones. ¿Pero dicha verificación puede llegar al punto de tener que ir y ver si realmente se remodeló, se compró o se pagó la hipoteca, será dicha sanción letra muerta?
Con la nueva Ley 1429 de 2010, quedó prohibido adelantar salario o prestarle al trabajador que gane 1 s.m.m.l.v., ni siquiera el Inspector puede autorizar, pero en caso de mucha urgencia, ¿qué puede hacer la empresa y el trabajador?.
Así el trabajador lleve muchas semanas, incluso meses incapacitado, su derecho a vacaciones no se pierde, ni tampoco se excluyen los días de incapacidad para el cálculo del tiempo para acceder al derecho.
Si bien la Ley 50 de 1990 y la Ley 1429 de 2010 facultan al empleador para hacer pagos parciales de cesantías, el empleador sólo está obligado a verificar la idoneidad de las pruebas, más no de su inversión final.