Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Especial 2011: Cesantías y Primas


Especial 2011: Cesantías y Primas
Actualizado: 27 diciembre, 2011 (hace 12 años)

Aquí hablaremos sobre...

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Con los cambios en la forma de hacer los pagos parciales de cesantías para vivienda contenidos en la Ley 1429, se han dado muchísimas confusiones e indebidas interpretaciones que llevan a cuantiosas demandas, por ello, queremos en éste especial ayudar muchas dudas que han surgido frente al pago de las cesantías y las primas de servicio.

Intereses de Cesantías. 31 de enero, fecha máxima para su pago

El pago de los Intereses de las Cesantías que se causaron hasta el 31 de diciembre, tiene una fecha máxima de pago, so pena de la sanción que establece la ley, como es su pago doble.

Ya no se necesita autorización del Inspector de Trabajo para el pago parcial de Cesantías

Con la nueva Ley 1429 de 2010, los pagos parciales de cesantías no necesitan autorización del Inspector de Trabajo. Además qué presentadas las pruebas al empleador sobre su uso, éste está en la obligación de su pago, so pena de multa.

Pago parcial de cesantías no es para estudio (*)

Los trabajadores saben que la finalidad es para desempleo, vivienda y estudio, pero sobre ésta última opción, solo procede cuando las cesantías están consignadas al fondo, pero no para pagos parciales, si se hace, estaría en riesgo el empleador a ser condenado a su pago doble.

Pago parcial de Cesantías con la nueva Ley 1429, el Minprotección Social nos da la razón

Con la nueva Ley de Formalización y Generación de Empleo, se modificó el trámite para el pago parcial de cesantías. Pero dicha norma, es su lectura, genera una confusión sobre su pago al empleador o al Fondo de Cesantías. actualicese.co, la ha interpretado correctamente y hoy el Minprotección Social lo confirma.

Retiro de Cesantías ya consignadas al Fondo según la Ley 1429/2010. Sigue la confusión para muchos

Con la reforma al pago parcial de cesantías que introdujo la reciente Ley 1429 de 2010, norma que quedó con muchos errores en su elaboración, se han generado muchas confusiones. En éste caso, resolvamos ésta duda frecuente. ¿Cómo se retiran las Cesantías ya consignadas en el Fondo?

Verificación y vigilancia de la inversión de las cesantías ¿hasta dónde llega la función del empleador?

La ley establece que el empleador debe verificar el destino que hace el trabajador de las cesantías que se le pagan parcialmente, so pena de sanciones. ¿Pero dicha verificación puede llegar al punto de tener que ir y ver si realmente se remodeló, se compró o se pagó la hipoteca, será dicha sanción letra muerta?

TAMBIÉN LEE:   ¿Es legal despedir a un trabajador durante su período de vacaciones?

Pago parcial de Prima: Una alternativa para quienes está prohibido prestarles o adelantarles salario

Con la nueva Ley 1429 de 2010, quedó prohibido adelantar salario o prestarle al trabajador que gane 1 s.m.m.l.v., ni siquiera el Inspector puede autorizar, pero en caso de mucha urgencia, ¿qué puede hacer la empresa y el trabajador?.

Incapacidad y vacaciones: no son excluyentes pero la primera suspende la segunda

Así el trabajador lleve muchas semanas, incluso meses incapacitado, su derecho a vacaciones no se pierde, ni tampoco se excluyen los días de incapacidad para el cálculo del tiempo para acceder al derecho.

Pago parcial de cesantías: Empleador verifica documentos, nunca su inversión

Si bien la Ley 50 de 1990 y la Ley 1429 de 2010 facultan al empleador para hacer pagos parciales de cesantías, el empleador sólo está obligado a verificar la idoneidad de las pruebas, más no de su inversión final.

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