Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Especial Aplicación por primera vez de las normas de contabilidad para las Microempresas


Ficha técnica:

Actualizado: 17 diciembre, 2013 (hace 10 años)


Un importante grupo de empresas colombianas quedaron obligadas a utilizar la Contabilidad para microempresas y la aplicación del Decreto 2706 del 2012 del Ministerio de Comercio Industria y Turismo. Entre ellas están las microempresas obligadas a llevar contabilidad simplificada que emitirán estados financieros y revelaciones abreviadas, objeto de aseguramiento de información a nivel moderado con el cumplimiento del artículo 499 E.T; igualmente las microempresas en proceso de formalización de que trata la Ley 1429/10 y pertenezcan al régimen simplificado.

Para el cumplimiento de esta orden gubernamental hay órganos de normatividad con capacidad de emitir juicios sobre los procedimientos como son el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, que emite las disposiciones profesionales de bastante contenido técnico, pero que no son de cumplimiento por la comunidad contable y la Superintendencia de Sociedades con sus conceptos y circulares externas.

Los Estados Financieros de las microempresas tendrán como objetivo suministrar información sobre la situación financiera y el resultado de las operaciones de estas; que sea información útil para la toma de decisiones económicas por los usuarios que siguen siendo los propietarios, directores, entidades financieras, los acreedores, el gobierno nacional y los organismos de control, entre otros, ante los cuales se debe dar cuenta de la gestión de la administración.

Sobre el tema deben tenerse en cuenta:

  • Las consecuencias de la suspensión de la adopción de las microempresas por uno o más períodos;
  • Las bases para la adopción por primera vez;
  • El contenido del Balance inicial;
  • El control y reconocimiento de los beneficios en las propiedades;
  • Cómo se preparan los primeros estados financieros y la declaración de cumplimiento inicial;
  • La definición del conjunto de estados financieros; las exigencias con relación a la consolidación;
  • La información comparativa con respecto al período comparable y la información comparativa a precios corrientes.
  • Además se deberán tener en cuenta otros elementos como son:
  • La fecha de transición a la norma de información financiera para las microempresas;
  • Los conceptos y principios generales a que se hace referencia en las microempresas;
  • El nuevo lenguaje con relación a los principios generales de contabilidad (no normas de contabilidad);

Además que la contabilidad será registrada por causación y que se utilizará el método de costo base de medición y que podrá hacerse uso de bases distintas determinando además que se parte del supuesto de negocio en marcha y que son de gran importancia las revelaciones.

Conferencias de este especial

GENERALIDADES

  • Capítulo 1 – Microempresas
  • Capítulo 2 – Conceptos y principios generales
  • Capítulo 14 – Entes económicos en etapa de formalización
  • Capítulo 15 – Aplicación por primera vez
  • Guía de implementación por primera vez – Supersociedades

ESTADOS FINANCIEROS

  • Capítulo 3 – Presentación de Estados Financieros
  • Capítulo 4 – Estado de situación financiera
  • Capítulo 5 – Estado de resultados
  • Cuentas de orden y revelaciones – Anexo decreto 2706 de 2012

ACTIVOS

  • Activos – Anexo Decreto 2706 de 2012
  • Capítulo 6 – Inversiones
  • Capítulo 7 – Cuentas por cobrar
  • Capítulo 8 – Inventarios
  • Capítulo 9  Propiedades, planta y equipo

PASIVOS Y PATRIMONIO

  • Pasivos y Patrimonio – Anexo Decreto 2706 de 2012
  • Capítulo 10  Obligaciones financieras y cuentas por pagar
  • Capítulo 11 – Obligaciones laborales

INGRESOS Y GASTOS

  • Ingresos y Gastos (Egresos) Anexo Decreto 2706 de 2012
  • Capítulo 12 – Ingresos
  • Capítulo 13 – Arrendamientos
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