Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Esta es una buena noticia porque arroja una luz de esperanza sobre la problemática – Hernando Bermúdez Gómez


Uno de los objetivos de la Ley 1314 de 2009 fue establecer un procedimiento que implicara una mayor participación, con el fin de rodear a las normas que se expidiesen de la más alta legitimidad.

Entre las varias formas de participación que consagra la ley mencionada, se encuentra la organización de “(…) Comités Técnicos ad-honorem conformados por autoridades, preparadores, aseguradores y usuarios de la información financiera (…)”.

Se trata de cuerpos colegiados (comités), con finalidades científicas (por eso deben ser técnicos), que no son contratados por el Estado (por lo que todos, desde este punto de vista, son ad honorem), compuestos por los diversos estamentos que tienen interés en las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de información: autoridades, preparadores, aseguradores y usuarios. Ellos deben acreditar estar preparados para colaborar eficazmente; no pueden ser personas que vayan a aprender, ni observadores que busquen estar bien informados pero que no abran la boca. Deben, además, comprometerse, en forma tal que su labor sea satisfactoria, lo que no se logra con miembros intermitentes, que no preparen las sesiones, o que prefieran guardar silencio.

Lamentamos públicamente cuando el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en lugar de hacer un llamamiento público (como acostumbran muchísimos cuerpos de la profesión contable, tanto extranjeros como internacionales), utilizó la odiosa estrategia que en Colombia llamamos el “esfero”. De igual manera, reprochamos cuando decidieron callar a los funcionarios del Gobierno quitándoles el voto, en clara contravención al texto expreso de la citada Ley 1314. Ha pasado mucho tiempo sin cambios, de lo cual se concluye que el CTCP es un cuerpo terco, por no decir otra cosa.

Recientemente, con ocasión de la integración del comité técnico para la entidades sin ánimo de lucro –ESAL–, leímos: “(…) En el desarrollo del trabajo con las ESAL se convoca a todos los interesados en participar de los siguientes subcomités. Es importante que los postulantes, previa revisión de las condiciones exigidas, envíen sus hojas de vida al correo electrónico agarzon@mincit.gov.co ―Cajas de Compensación Familiar ―Iglesias y comunidades religiosas ―Educación ―Bibliotecas, museos ―Salud ―Clubes sociales y deportivos ―Propiedad horizontal (…)”. Esta es una buena noticia, que arroja una luz de esperanza sobre la problemática. Veremos qué resultado tiene, porque aún el órgano de normalización no ha podido superar sus deficiencias de comunicación, y porque hay muchísimas más entidades sin ánimo de lucro. Lamentamos que, equivocadamente, las entidades del sector solidario pretendan tener un toldo aparte. El trabajo es muy importante, más ahora que el legislador tributario, mal informado, golpeó sin misericordia a las entidades de beneficencia. Esperamos que estas tengan, algún día, un sistema contable apropiado.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 3633, junio 25 de 2018

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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