Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Establecida tarifa de retefuente para encuestas y estudios de mercado


Actualizado: 3 abril, 2017 (hace 7 años)

La tarifa de retención en la fuente para encuestas y estudios de mercado será del 4%, como lo establece el Decreto 536 del 30 de marzo de 2017.

Con el Decreto 536 del 30 de marzo de 2017, el Ministerio de Hacienda ordenó adicionar el parágrafo 2° al artículo 1.2.4.3.1. del Libro 1, Título 4, Parte 2, Capítulo 3 del Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria, en el cual se indica que la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta en cuanto a los pagos o abonos en cuenta por actividades de estudios de mercado y la realización de encuestas de opinión pública que se efectúen a las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades será del 4%.

Fuente: Ministerio de Hacienda.

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