Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Establecimiento de acuerdos de pago entre la Dian y los contribuyentes


Actualizado: 26 septiembre, 2017 (hace 7 años)

Si un contribuyente tienes deudas con la Dian, ¿puede acceder a un acuerdo de pago?, ¿qué documentos debe presentar?

Resuelta 07  de septiembre de 2017

Diego Guevara, contador público, experto en temas contables y tributarios, e investigador adjunto del equipo de Actualícese, expresa que si un contribuyente tiene deudas pendientes con la Dian, puede acogerse al beneficio de acuerdo de pago, por consiguiente debe revisar la normatividad que se estipula entre los artículos 814 a 814-3 del Estatuto Tributario. En dicha norma se establece que la Dian puede dar un plazo hasta por cinco años para cumplir con los pagos de las diferentes obligaciones tributarias, toda vez que el contribuyente presente garantías que respalden la facilidad de pago

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