Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Este es el calendario tributario del año 2022 para los bogotanos


Los primeros vencimientos del calendario tributario que deben tener en cuenta los bogotanos son predial y vehículos, los cuales tendrán fechas escalonadas según la última letra del CHIP o dígito de la placa, respectivamente.

La administración distrital dio a conocer el calendario tributario 2022, que mantiene la distribución escalonada de las fechas de los primeros vencimientos -con descuento- para los impuestos predial y de vehículos, así como de las obligaciones de contribuyentes y agentes de retención del impuesto de industria y comercio (ICA), de los regímenes común y preferencial.

El nuevo calendario distribuye estos vencimientos, que tradicionalmente contemplan al mayor número de contribuyentes, según la última letra del CHIP, en predial; del último dígito de la placa, en vehículos, y del último número del documento de identificación, para ICA y ReteICA.

“Así garantizamos mayor eficiencia y volúmenes diarios más manejables de transacciones y concurrencia de usuarios, los cuales redundan en mejores servicios para la ciudad”, destaca el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

De esta manera, el pago total con descuento (10 %) tendrá vencimientos entre el 31 de marzo y el 8 de abril para el impuesto predial y del 29 de abril al 6 de mayo para vehículos. Así mismo, los vencimientos bimestrales para los contribuyentes del régimen común del ICA serán a partir de abril, y para los agentes de retención del ICA (ReteICA) comenzarán en marzo. Por su parte, el impuesto de Industria y Comercio (ICA) del régimen común anual vencerá entre el 20 y el 24 de febrero de 2023 y el del régimen Preferencial tendrá plazo hasta el 27 de enero del año entrante.

A su vez, el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC) del Predial, residencial y no residencial, requerirá la presentación de una declaración inicial hasta el 30 de marzo de 2022, y el pago cumplido en cuatro cuotas iguales y sin intereses. La primera vence el 13 de mayo del año entrante.

Así mismo, el nuevo calendario tributario determina para 2022, en otros impuestos, los plazos para declarar y pagar delineación urbana; sobretasa al consumo de gasolina motor; publicidad exterior visual; fondo de pobres, azar y espectáculos; consumo de cigarrillos y tabaco nacional y extranjero, y de cerveza, sifones y refajos nacional y extranjero; loterías foráneas; estampillas ‘Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años’, ‘pro-Cultura’, ‘pro-personas mayores’ y ‘cincuenta años de labor de la Universidad Pedagógica Nacional’, y retenciones efectuadas al impuesto sobre Premios de Loterías.

TAMBIÉN LEE:   Polémica en la profesión contable: UAE Junta Central de Contadores será dirigida por un administrador

Fuente: Secretaría Distrital de Hacienda.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,